Estas ayudas municipales están dirigidas a personas y unidades convivenciales con escasos recursos económicos para prevenir situaciones de emergencia y exclusión residencial
El Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria ha abierto el plazo para solicitar las ayudas económicas municipales al alquiler de vivienda habitual, una línea de apoyo destinada a personas y familias con dificultades económicas para afrontar el pago de la renta y garantizar la estabilidad residencial.
El concejal de Planificación, Desarrollo Urbano y Vivienda, Mauricio Roque, ha señalado que con estas ayudas “el Ayuntamiento da una respuesta ágil y socialmente eficaz a quienes atraviesan situaciones de inestabilidad residencial”.
Estas ayudas, con un presupuesto de 1,5 millones de euros, se conceden en régimen de concesión directa y con cargo al presupuesto municipal, y tienen como finalidad atender situaciones de necesidad social, prevenir procesos de exclusión y evitar la pérdida de la vivienda habitual, así como cubrir, en casos justificados, necesidades de alojamiento temporal.
Requisitos económicos, empadronamiento y límites de renta
Podrán beneficiarse de estas ayudas las personas empadronadas y residentes en el municipio de Las Palmas de Gran Canaria durante, al menos, los dos años inmediatamente anteriores a la solicitud, siempre que carezcan de recursos económicos suficientes para atender el pago del alquiler de su vivienda habitual. Este requisito no será exigible en el caso de personas emigrantes retornadas que acrediten su situación conforme a las bases reguladoras.
Los ingresos de la unidad convivencial no podrán superar el doble del IPREM mensual vigente, con coeficientes de ponderación en función del número de miembros que integren el hogar. Se tendrán en cuenta los ingresos de todas las personas que residan en la vivienda, calculados sobre la media de los tres meses anteriores a la solicitud.
La persona solicitante deberá ser titular del contrato de arrendamiento, que deberá ajustarse a la Ley de Arrendamientos Urbanos, y la vivienda deberá constituir su domicilio habitual y permanente. La renta mensual del alquiler no podrá superar los 650 euros, límite que se amplía hasta los 750 euros en el caso de familias numerosas o personas con movilidad reducida que necesiten vivienda adaptada.
Quedan excluidos los subarrendamientos, las viviendas destinadas a usos distintos del residencial y los supuestos en los que exista parentesco en primer o segundo grado entre la persona arrendadora y la arrendataria. Tampoco podrán acceder a estas ayudas quienes perciban otras subvenciones de la misma naturaleza y finalidad.
Cuantía, duración de las ayudas y procedimiento de solicitud
La cuantía máxima de la ayuda podrá alcanzar hasta el 80% de la renta mensual del alquiler, con un límite general de 520 euros al mes, en función de los ingresos de la unidad convivencial. De manera excepcional, y previo informe social motivado, la subvención podrá cubrir el 100% de la renta, con un máximo de 600 euros mensuales.
La duración inicial de la ayuda será, con carácter general, de seis meses, con posibilidad de prórrogas hasta un máximo de 24 meses, y hasta 36 meses en situaciones de extrema necesidad debidamente acreditadas. El abono podrá realizarse directamente a la persona beneficiaria o de forma indirecta al propietario de la vivienda.
Las solicitudes podrán presentarse por vía telemática a través de la Sede Electrónica municipal o de forma presencial en el Registro General del Ayuntamiento hasta el próximo 30 de abril, sin perjuicio de que puedan tramitarse durante todo el año en situaciones de urgencia acreditada.
Toda la información detallada sobre requisitos, documentación y procedimiento de solicitud puede consultarse en la web municipal: https://www.laspalmasgc.es/es/areas-tematicas/vivienda/ayuda-economica-en-materia-de-vivienda/







