No solo se se trata de las denuncias que tanto Onda Guanche como Canarias Informativa, han hecho de dos asesores de la corporación que incumplen la ley, sino que hace ya cerca de dos décadas hay un mando de la Policía Local, que permanece agazapado y tutelado incumpliendo presuntamente esta misma ley

En el último Pleno ordinario, celebrado en el Ayuntamiento de Telde, la funcionaria perteneciente al área de Agricultura, Águeda Pérez, pidió la compatibilidad para durante las tardes, fuera de su horario laboral, ejercer la labor docente en la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria (ULPGC) a tiempo parcial.

En este mismo caso está el jefe de gabinete de Alcaldía, Ángel García, que también solicitó la compatibilidad al Pleno, para poder ejercer su profesión de Protocolo.

Si esto es así, porque la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, que desee ejercer cualesquiera actividades privadas o una segunda actividad pública susceptible de compatibilidad, lo dice en su apartado C:El personal al servicio de las Corporaciones Locales y de los Organismos de ellas dependientes.

Porque no solo se se trata de las denuncias que tanto Onda Guanche como Canarias Informativa, han hecho de dos asesores de la corporación que incumplen la ley, sino que hace ya cerca de dos décadas hay un mando de la Policía Local, que permanece agazapado y tutelado incumpliendo presuntamente esta misma ley

Es una vergüenza que haga caso omiso a las denuncias, que son varias presentadas contra el mismo funcionario que pertenece a la Policía Local, donde «presuntamente», nunca ha solicitado la compatibilidad para trabajar en una empresa privada. Aquí todos mira para otro lado, el Alcalde,responsables del Departamento de Recursos Humanos han hecho caso de las denuncias sindicales y de miembros de la propia policía acerca de esta presunta situación irregular, una situación que se mantiene en el tiempo desde casi dos décadas.

Habría que preguntarse si el verdadero motivo de no contestar a estas denuncias, algunas presentadas en Inspección de Trabajo, se debe a que al denunciado no se le podría conceder la Compatibilidad en el caso de ser haber sido solicitada, que no es el caso, el motivo se fundamenta en que sus retribuciones en el concepto de complemento específico, excluida la antigüedad, supera con creces el 30% de la retribución básica como establece el artículo 16 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, estableciendo la cita Ley la prohibición genérica «no podrá reconocerse compatibilidad para el ejercicio de actividades privadas al personal que desempeñe puestos de trabajo que comporten la percepción de complementos específicos o concepto equiparable, cuya cuantía supere el 30% de su retribución básica, excluido los conceptos que tenga su origen en la antigüedad»

Nos preguntamos porque el alcalde, Juan Antonio Peña, en este caso que le toca muy de cerca y son de su competencia, sigue haciendo caso omiso de las denuncias formuladas, presentadas tanto por los sindicatos como por los medios informativos que no tenemos tutelas económicas.