Se han reducido los titulares de licencia de 204 a los 109 actuales y los puestos de venta de 375 a 210

El área de Desarrollo Local del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria ha finalizado el procedimiento de regularización de los puestos existentes para el ejercicio de la venta ambulante en el Rastro Municipal de la ciudad, reduciendo sus dimensiones. 

Esta reestructuración permitirá que la recova dominical pueda continuar desarrollando su actividad en el Parque Blanco de la capital, donde contarán a partir de este mismo fin de semana con un nuevo vallado que delimitará el nuevo perímetro del recinto.  

El concejal de Desarrollo Local, Turismo y Ciudad de Mar del Consistorio capitalino, Pedro Quevedo, explicó que “era absolutamente necesario ordenar la actividad del Rastro Municipal, y garantizar que los que están cumplan con todos los criterios técnicos y los trámites administrativos para no perjudicar al resto de comerciantes del propio mercadillo y para ofrecer la mejor oferta posible a la ciudadanía de la capital”. 

“Por este motivo, desde el Ayuntamiento hemos desarrollado este proceso, que ha sido largo y complicado, con resultados muy satisfactorios, de tal forma que ahora mismo, todas las personas que van a exponer su actividad del Rastro lo van a hacer más ordenadamente, con mejores garantías y con mayor profesionalidad”, aseguró el concejal.  

El Rastro Municipal contará de ahora en adelante con 109 titulares con licencia y 210 puestos de venta, reduciéndose considerablemente desde el inicio del proceso, cuando figuraban 204 titulares y 375 puestos. 

El procedimiento fue abierto el mes de julio de 2022, al aproximarse la fecha de vencimiento de la anterior autorización administrativa y contó con varios plazos abiertos para la presentación de la documentación requerida por parte de los titulares de licencia. 

En total, se han interpuesto 21 recursos administrativos de reposición contra el proceso, de los que 18 han sido estimados y 3 desestimados. El periodo de la nueva autorización es de 8 años prorrogables a otros 8, siempre que se cumplan los criterios que establezcan las normativas estatal y autonómica y las ordenanzas municipales.