Los ecologistas piden en escrito presentado a la Consejería de Política Territorial, Cohesión Territorial y Aguas del Gobierno de Canarias la ampliación de plazo por un mes más, ante la publicación en el BOC, núm. 054, de fecha día 18 de marzo de 2025, del anuncio por el que se inicia la apertura del trámite de información pública relativo al Anteproyecto de Ley de actualización de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias
Se razona la petición a la vista del cúmulo de documentos e información a procesar y la insuficiencia de tiempo para realizar un visionado y estudio del expediente al que se pretende darle tramite de comunicación y participación ciudadana.
Se aporta como argumentos a la petición un compendio de normativa sectorial sobre los procesos de información, transparencia y participación ciudadana de aplicación en estos casos, como los siguientes:
De acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se abre la posibilidad de ampliación de plazo de los expedientes administrativos.
Artículo 32 Ampliación
- La Administración, salvo precepto en contrario, podrá conceder de oficio o a petición de los interesados, una ampliación de los plazos establecidos, que no exceda de la mitad de los mismos, si las circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudican derechos de tercero. El acuerdo de ampliación deberá ser notificado a los interesados.
- Que de acuerdo con el espíritu de la Directiva Europea 90/313/CEE que va marcando una tendencia a fomentar el derecho de los ciudadanos a la participación pública y política, a la transparencia en la administración, todo ello corroborado con amplios documentos internacionales como la Agenda 21-Local, la Carta de Aalborg, el Convenio de Aarhus, que van abriendo un camino donde las claves para el desarrollo están en LA INFORMACION Y LA PARTICIPACION CIUDADANA.
- Más reciente es la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente (que incorpora las Directivas 2003/4/CE y 2003/35/CE), es muy clara en su artículo 6º, donde manifiesta las “Obligaciones específicas en materia de difusión de información ambiental. 1. Las autoridades públicas adoptarán las medidas oportunas para asegurar la paulatina difusión de la información ambiental y su puesta a disposición del público de la manera más amplia y sistemática posible. 2. Las autoridades públicas organizarán y actualizarán la información ambiental relevante para sus funciones que obre en su poder o en el de otra entidad en su nombre con vistas a su difusión activa y sistemática al público, particularmente por medio de las tecnologías de la información y las telecomunicaciones siempre que pueda disponerse de las mismas.
Tanto la solicitud de los interesados como la decisión de la ampliación se produce antes del vencimiento del plazo de que se trate.
Entiende el colectivo Turcón que está suficientemente razonada la solicitud de ampliación por un periodo de un mes más, quedamos a la espera de la resolución afirmativa.